¿Cómo se obtiene el ITE?
La Inspección Técnica de edificios (ITE), es una inspección técnica periódica y de carácter OBLIGATORIO a realizar cada 10 años, para todos los edificios de la Comunidad de Madrid con más de 30 años de antigüedad y cada 30 años para las nuevas edificaciones.
La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en su Artículo 169, define la ITE, como una inspección dirigida a determinar el estado de conservación y las obras de conservación o, en su caso, rehabilitación que fueran precisas, para mantener en buen estado técnico la edificación y de este modo dar cumplimiento al deber de conservación y rehabilitación que se exige en su Artículo 168, para todos los propietarios de terrenos, construcciones y edificios.
¿QUÉ ES?
* Ley 9_2001 de 17 de julio _del suelo de la Comunidad de Madrid | ![]() |
* Ordenanza Municipal _ANM2011_0 Se deroga Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, aprobada por Acuerdo Pleno de 28 de enero de 1999, publicada en el BOCM núm. 45 de fecha 23 de febrero de 1999 ANM 1999\25 |
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